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La Secretaría Anticorrupción multa con 42.8 mdp a la FMF por anomalías y uso de datos biométricos en el FAN ID

La Secretaría Anticorrupción multó con 42.8 millones de pesos a la FMF por irregularidades en el tratamiento de datos biométricos y la falta de consentimiento expreso en el sistema FAN ID.

Periodista Especializado

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    julio 13, 2026
Foto: FMF.
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La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno impuso una multa de 42 millones 849,095 pesos a la Federación Mexicana de Fútbol (FMF) por irregularidades en el tratamiento de los datos biométricos recabados mediante el sistema FAN ID.

Esta es una aplicación utilizada como un mecanismo de identificación para el ingreso a los estadios de la Liga MX.  

La dependencia resolvió que la Federación Mexicana de Fútbol incumplió diversas obligaciones previstas en la legislación mexicana de protección de datos personales.

La sanción no cuestiona el uso de tecnologías biométricas para fines de seguridad, sino la forma en cómo los datos personales de los aficionados fueron recabados y tratados.

En particular, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno determinó que la FMF omitió informar en su aviso de privacidad que las fotografías utilizadas para generar el FAN ID constituían datos personales sensibles, lo que impidió que los titulares conocieran el alcance del tratamiento de su información antes de proporcionar su consentimiento.

En su resolución, la dependencia señaló:

“La FMF recababa fotografías de los aficionados para generar el FAN ID, pero no señaló en su aviso de privacidad que esos datos eran sensibles”.

“Esta omisión impidió que los titulares conocieran el alcance real del tratamiento de su información personal y pudieran decidir de manera informada sobre su uso”.

La autoridad también definió que la Federación no obtuvo el consentimiento expreso y por escrito exigido por la ley para el tratamiento de datos sensibles.

Omisiones en el aviso de privacidad y consentimiento digital

Según la investigación de la Secretaría Anticorrupción, el sistema únicamente solicitaba a los usuarios aceptar el tratamiento mediante el marcado de una casilla en un sitio web, mecanismo que la autoridad consideró insuficiente para acreditar de manera inequívoca la autorización del titular.

“La FMF se limitó a utilizar el marcado de una casilla en un sitio web, sin recabar firma autógrafa ni firma electrónica o cualquier otro mecanismo de autenticación que acreditara, de manera indudable, que era el titular quien otorgaba su consentimiento”.

La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno dijo que la FMF incumplió los principios de licitud y responsabilidad, al no implementar las medidas necesarias para garantizar un tratamiento adecuado de la información personal recopilada mediante el sistema.

También comentó que el monto de la sanción se calculó considerando la gravedad de las conductas, la naturaleza sensible de los datos biométricos y la capacidad económica de la Federación Mexicana de Fútbol, con base en su declaración fiscal correspondiente al ejercicio de 2024.

FMF retiene la responsabilidad jurídica

Aunque la plataforma tecnológica del FAN ID es operada por Incode Technologies, la resolución atribuye la responsabilidad jurídica a la FMF, al ser la organización que determinó los fines del tratamiento de los datos y estableció su utilización como requisito para ingresar a los estadios.

Conforme al marco legal aplicable al inicio del procedimiento, el responsable del tratamiento conserva sus obligaciones incluso cuando contrata a un tercero para procesar la información.

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El procedimiento se originó bajo la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares vigente cuando comenzaron las investigaciones y fue heredado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno tras la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), que había iniciado las indagatorias.

El FAN ID fue implementado después de los hechos de violencia registrados en marzo de 2022 durante el partido entre Querétaro y Atlas, como parte de las medidas impulsadas por la Liga MX y la Federación Mexicana de Fútbol para reforzar la seguridad en los estadios mediante la identificación de los asistentes a través de datos biométricos y la generación de un código QR para el acceso a los encuentros.

La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno recordó que la Federación Mexicana de Fútbol puede impugnar la resolución mediante los mecanismos legales previstos.

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Escrito por:

Nicolás Lucas-Bartolo

Periodista Especializado

Periodista de negocios forjado en medios líderes como El Economista, El Financiero y Televisa. Graduado por la UNAM, también cuenta con una sólida formación de posgrado...

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