Cables en desuso: ¿quién debe regular su retiro?
Nuevas reformas en CDMX facultan a las alcaldías para autorizar el retiro de cableado ocioso. La medida busca reducir riesgos urbanos, pero genera dudas sobre posibles cargas administrativas y conflictos de competencia federal.
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Publicado •agosto 10, 2026
El retiro de cables en la Ciudad de México ya es una actividad regulada, no por la autoridad federal, sino por las alcaldías.
Recientemente dos leyes locales —desarrollo urbano y protección civil— fueron reformadas para establecer:
- Que las alcaldías pueden identificar “infraestructura pasiva en desuso” y
- Que se requiere de una autorización para el retiro de cables que ya no cumplen con su función activa.
En términos prácticos, un concesionario que quiera retirar fibra propia necesitará autorización previa.
La medida se presenta en un contexto de protección civil y urbanismo, y en parte responde a eso.
El problema existe: Hay cable ocioso en la vía pública que representa un riesgo y perjudica el entorno; eso lo sabemos todos.
Vale la pena preguntarnos si lo aprobado realmente incentivará el retiro de cable obsoleto, o si terminará siendo una carga administrativa más, con costos y tiempos que desalienten justo lo que se busca promover.
El reto técnico y la carga administrativa
Una cosa es que la alcaldía constate que un cable representa un riesgo, y otra distinta que determine que dejó de servir como parte de una red de telecomunicaciones.
Lo segundo exige criterios técnicos que no se agotan con una inspección local.
Ahí aparece el problema de fondo: Distribución de competencias.
Desde 2023 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha venido delimitando qué le toca a cada quien al regular las telecomunicaciones.
NITRO recomienda: Despliegue de infraestructura: ¿Es suficiente la homologación de trámites?
En junio de este año fue más lejos: las disposiciones estatales, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México no pueden condicionar, restringir o gravar la instalación, despliegue, operación, mantenimiento o retiro de infraestructura destinada a redes de telecomunicaciones.
¿Por qué, entonces, siguen apareciendo regulaciones locales con cobros y autorizaciones por despliegue o retiro de infraestructura, en un sector sujeto a rectoría federal?
Porque nada lo impide antes de que la norma se emita. El límite llega después: cada disposición debe combatirse en lo individual y esperar el pronunciamiento del Poder Judicial.
Se está regulando de abajo hacia arriba. La Ciudad de México suele funcionar como referente para otros congresos locales, así que no sería extraño que el esquema se replique a nivel municipal, dejando a los operadores la tarea de litigar caso por caso.
La postura que asuman la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) será determinante, ya que ambas tienen facultades en materia de retiro de infraestructura: una para dictar lineamientos técnicos y la otra para homologar trámites.
Conviene decirlo desde ahora: estas instituciones tampoco pueden distribuir competencias ni obligar a municipios o alcaldías.
De ahí la pregunta que sigue sin respuesta: ¿Por qué no una ley general?
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