Derechos de las audiencias: los límites de regular la “verdad”
La industria tecnológica, de telecomunicaciones y especialistas jurídicos advierten que los nuevos derechos de las audiencias deben evitar criterios que permitan a la CRT valorar la “verdad” periodística.
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Publicado •agosto 26, 2026
La regulación de los derechos de las audiencias entró en una zona particularmente sensible: Definir hasta dónde puede llegar la protección de radioescuchas y televidentes sin convertir a la autoridad en evaluadora de decisiones editoriales.
La Asociación Mexicana de Internet (AIMX), la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Canieti) y la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA) presentaron observaciones al proyecto de Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).
Aunque parten de perspectivas distintas, las organizaciones reconocen la legitimidad de proteger los derechos de las audiencias y de mecanismos como defensorías, códigos de ética, accesibilidad, derecho de réplica y transparencia frente a la publicidad.
La BMA considera que su adecuada regulación puede fortalecer el ecosistema informativo y la democracia.
El punto de mayor coincidencia aparece en el tratamiento de la información “falsa” o “descontextualizada”.
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La Canieti advierte que exigir a los medios adoptar medidas para no difundir información falsa podría interpretarse como un estándar de verdad absoluta, difícil de conciliar con una actividad periodística en la que los acontecimientos evolucionan y la información disponible puede modificarse.
La cámara propone que la disposición se refiera a información deliberada o intencionalmente falsa, con el objetivo de preservar el equilibrio entre la protección de las audiencias y las libertades de expresión y prensa.
¿Quién decide qué es verdad?
La Barra Mexicana de Abogados lleva la discusión al terreno constitucional. Advierte que conceptos como “información falsa”, “descontextualizada”, “objetividad”, “imparcialidad” u otros similares requieren suficiente precisión si pueden utilizarse como fundamento para imponer sanciones.
Su planteamiento es particularmente directo: Ningún procedimiento debería tener como finalidad determinar oficialmente cuál de dos versiones periodísticas es verdadera.
La BMA sostiene además que las categorías de información “falsa” o “descontextualizada” no deberían constituir, por sí mismas, infracciones administrativas.
La organización también alerta sobre un posible efecto inhibitorio.
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Si existen obligaciones editoriales ambiguas, mecanismos de monitoreo y posibilidades de sanción, los medios podrían optar por evitar determinados contenidos ante la incertidumbre regulatoria, generando riesgos de autocensura indirecta.
La AIMX propone una salida distinta: Incorporar un estándar de “diligencia razonable” o “puerto seguro” que permita a medios y periodistas acreditar que actuaron de buena fe, realizaron un contraste razonable de fuentes y siguieron sus códigos de ética, sin trasladar a la autoridad administrativa la valoración de la veracidad editorial de una nota periodística.
Radio y televisión frente a plataformas digitales
La Canieti introduce otra discusión: La posible asimetría entre los medios regulados y otros participantes del ecosistema audiovisual.
Según la organización, el proyecto establece obligaciones para televisión abierta, radio, televisión y audio restringidos y programadores, mientras servicios digitales que también distribuyen contenidos y compiten por las audiencias no enfrentan cargas equivalentes.
También señala dificultades para los operadores de televisión restringida cuando retransmiten contenidos sobre los cuales carecen de control editorial directo, particularmente ante obligaciones para distinguir opiniones de información noticiosa.
Niñez y alfabetización mediática
No todas las observaciones buscan reducir obligaciones.
La AIMX considera necesario recuperar una protección específica para niños y adolescentes, incluida la gradualidad por edades y reglas frente a publicidad engañosa, explotación de la inexperiencia infantil y contenidos que incentiven conductas de riesgo.
La asociación también propone devolver a la alfabetización mediática un papel central frente a la desinformación.
Su planteamiento parte de que la información ya no circula exclusivamente mediante radio y televisión, sino también por plataformas digitales, redes sociales, mensajería y sistemas de inteligencia artificial generativa.
El debate que deberá resolver la CRT, por tanto, no se reduce a escoger entre derechos de las audiencias o libertad de expresión.
El desafío será construir reglas capaces de proteger a las personas sin convertir la regulación de procedimientos en supervisión administrativa del criterio editorial, según esas entidades.
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